Biologo Pesquero y Jefe
Programa de Tortugas Marinas
Centro de Investigaciones
Pesqueras (CIP)
5ta. y 248, Barlovento, Playa Ciudad de La Habana, Cuba
Tel: (537) 2097875, 208 9304
fmoncada@cip.alinet.cu
felixmoncada2306@yahoo.es
Instituto Superior de Tecnologiás y Ciencias Aplicadas
Universidad de La Habana
Ciudad de La Habana, Cuba
Tel: (537) 7 878 9857
1936. El Decreto-Ley No. 704 denominado “Ley General de Pesca” fija una época de veda para los quelonios marinos durante la reproducción.
1956. El Decreto No. 2724 establece las regulaciones que tratan sobre el uso de los recursos marinos.
1960. La Resolución 31-V del Ministerio de La Industria Pesquera establece las vedas para las tortugas marinas desde el 15 de junio hasta el 10 de agosto.
1961. La Resolución 16-VI del Ministerio de la Industria Pesquera establece la prohibición permanente sobre la toma y consumo de huevos de tortugas marinas. Prohíbe además que se perturbe a las hembras anidadoras durante la noche.
1968. Se establece la pesca formal y administrada de las tortugas marinas. La resolución 117 del Ministerio de La Industria Pesquera establece el control estatal sobre la acumulación y distribución de los productos y subproductos de tortugas marinas.
1973. La resolución 10 del Ministerio de La Industria Pesquera prohíbe la captura de tortugas marinas a particulares o privados.
Please click here to download a full bibliography for Cuba (current 2022)